Pensión alimenticia en Yucatán: ley aplicable, juzgado y requisitos (2026)

Si vives en Yucatán y la persona obligada a dar alimentos (para tus hijos o para ti) no cumple, puedes presentar una demanda de pensión alimenticia ante el juez de lo familiar. Esta guía explica qué ley aplica en tu estado, qué tipo de juicio es y qué necesitas para empezar.

¿Qué ley aplica en Yucatán?

La obligación alimentaria en Yucatán está regulada por Código de Familia del Estado de Yucatán, un código familiar autónomo — es decir, tu estado cuenta con legislación familiar propia, separada del código civil. El procedimiento (plazos, audiencias, pruebas) se rige por Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán.

¿Qué tipo de juicio es?

En Yucatán, la demanda de alimentos se tramita como Juicio Sumario Familiar. Señalar la vía procesal correcta en el proemio de la demanda es un requisito de forma: si la equivocas, el juzgado puede prevenirte o desechar el escrito, lo que retrasa semanas la pensión.

¿Ante qué juzgado se presenta?

Ante el Juzgado de lo Familiar (o el juzgado civil o mixto en los distritos judiciales donde no hay juzgados familiares) del lugar donde vive la persona que reclama los alimentos — no donde vive el deudor. Esto protege a quien menos puede trasladarse.

Requisitos y documentos

  • Identificación oficial (INE) de quien demanda
  • Acta de nacimiento de los hijos (acredita el parentesco)
  • Acta de matrimonio, si existe
  • Comprobante de domicilio
  • Cualquier indicio de los ingresos del deudor (recibos, capturas, nombre de su empleador) — si no los tienes, el juez puede investigarlos

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Presentar la demanda en el juzgado es gratuito. El costo real está en la redacción del escrito: un despacho tradicional cobra entre $8,000 y $25,000 MXN. Con JusticIA para el Pueblo generas tu demanda — con la ley de Yucatán, la vía procesal correcta y el formato que aceptan los juzgados — por $998 MXN, en unos 10 minutos. Además, desde la presentación puedes solicitar una pensión provisional mientras dura el juicio.

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Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado. Legislación referida: Código de Familia del Estado de Yucatán y Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, vigentes a 2026.

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